Este es el ambiente de pruebas.

Consulta de Estado y Ampliación de Permanencia Definitiva


Bienvenido al trámite de Consulta de Estado y Ampliación de Permanencia Definitiva en Trámite

 

Se advierte que la información que usted nos proporcione se encuentra protegida por la ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada que resguarda la confidencialidad de los datos entregados. Teniendo presente que la fraudulencia o falsificación del documento es penada por la ley, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública se reserva el derecho a ejercer acciones legales, ante el evento de verificarse las irregularidades anteriormente indicadas

¿En qué consiste el trámite?

  • Permite conocer el estado de avance de su Solicitud de Permanencia Definitiva.
  • Permite que quienes cuentan con su Solicitud de Permanencia Definitiva ingresada a sistema y tienen vencido el plazo indicado en el documento "solicitud de permanencia definitiva por correo", puedan obtener otro documento con los plazos ampliados. Una vez realizada esta solicitud, y siempre que se encuentre disponible, recibirá en su correo electrónico la ampliación por 180 días desde la fecha de vencimiento del documento actual.

Este trámite es para aquellos que solicitaron su Permanencia Definitiva ya sea por correo, o de forma digital.

Revise las condiciones del trámite aquí.

Se hace presente que usted debe encontrarse físicamente en Chile, para postular mediante la plataforma online, toda vez que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Extranjería corresponde a este Ministerio el otorgamiento y prórroga de las autorizaciones de turismo y de las visaciones a los extranjeros “en Chile” será resuelto por el Ministerio del Interior, por lo que si usted solicita el otorgamiento y prorroga de autorizaciones, y visaciones “fuera de Chile”, dicha petición debe realizarse al Ministerio de Relaciones Exteriores, salvo la solicitud de extranjeros “en Chile” de calidad de residente oficial, que igualmente se solicita ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, siendo por ende el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, incompetente para recibir su solicitud de peticiones realizadas fuera de Chile, siendo improcedente dicha solicitud.

***Recordar que las actualizaciones se realizan de forma mensual***

¿Cómo debo hacer mi solicitud?